Por el cual se dictan varias medidas relacionadas con el ramo de Carreteras Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1948-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

TENIENDO EN CUENTA

que es urgente continuar los trabajos de estudios y proyectos de la carretera Vélez-Chipatá-La Paz-Santa Elena, en los cuales pueden ocuparse los servicios de dos de los Ingenieros de la Carretera Bolívar (Santander) , empalme con la vía Barbosa-Puerto Olaya, obra ésta en la cual no es posible continuar por el momento los trabajos por falta de fondos,

DECRETA :

Artículo primero. Trasladar en comisión a la carretera Vélez-Chipatá-La Paz-Santa Elena, al Ingeniero Jefe, al Ingeniero Primer Ayudante, al Ingeniero Segundo Ayudante, al Topógrafo y al Habilitado-Almacenista de la vía Bolívar (Santander), al empalme con la carretera Barbosa-Puerto Olaya, señores Nicolás Rivera, Luis Domingo Archila, Eduardo Rey Matiz, Jesús Alvarez Uribe y Luis Alfonso Téllez, para que se ocupen en los estudios y proyectos de aquella obra.

Parágrafo. Durante el tiempo en que los empleados citados estén prestando sus servicios en la vía Vélez-Chipatá-La Paz-Santa Elena, los sueldos a que tengan derecho les serán pagados con la partida apropiada para esta obra.

Artículo segundo. Suprimir, desde el día veintiuno de los corrientes, los puestos de Ingeniero Segundo Ayudante, Topógrafo y Habilitado-Almacenista de la carretera Bolívar (Santander), al empalme con la carretera Barbosa-Puerto Olaya.
Articulo tercero. Queda por el presente modificado el Decreto número 3515 de 27 de octubre de 1947.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de enero de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Luis Ignacio ANDRADE

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