Por el cual se reforma el marcado con el número 1873, del presente año

Rango Decreto
Publicación 1926-11-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Refórmase el artículo 1° del Decreto número 1873, de fecha 8 del presente mes, reduciendo a la suma de $ 2,040 el traslado a que tal artículo se refiere.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de noviembre de 1926'.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obras Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.

Digitó: CC1.018.407.351

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.