Por el cual se abre un crédito al Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional, por motivos de conveniencia pública, ha resuelto asumir el servicio de transbordos en el puerto fluvial de Camban, y para tal fin ha adquirido el equipo y elementos necesarios
Que la Contraloría General, a petición del señor Ministro de Obras Públicas, ha certificado en oficio número 11335, fechado el 6 de julio del corriente año la existencia de un nuevo recurso fiscal por la cantidad de $ 12.000.00, proveniente de los posibles ingresos del servicio en referencia en el resto del presentí; ano y que, como se trata de la explotación de una nueva empresa oficial, sus productos y sus gastos deben incorporarse en el Presupuesto Nacional, y.
Que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y expresado su concepto favorable a la apertura de un crédito al Presupuesto vigente, con respaldo en el valor del nuevo ingreso en referencia, según consta en los oficios números 2977 y 12854, procedentes de las respectivas Secretarias de dichas entidades,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase el cómputo, de ingresos ordinarios de que trata la parte primera del Presupuesto vigente en la suma de doce mil pesos ($ 12.000.00) moneda corriente, así:
Capítulo 2°
Servicios Nacionales.
| Numeral 14 bis. Producto del servicio de transbordos en el puerto fluvial de Cambao | $ 12.000.00 |
|---|---|
Artículo 2° Con liase en los nuevos ingresos de que trata el, artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto ordinario de la presente vigencia fiscal:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.
| Capítulo 86. Artículo 1538-A. Para gastos de administración y explotación de los transbordadores "Alfonso Araujo" y "Alicia", en el Puerto de Cambao, conservación ele atracaderos y demás gastos | $ | 12.000.00 |
|---|---|---|
Artículo 3º El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de agosto de 1944.
ALFONSO LOPEZ
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
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