Por el cual se autoriza a la Naci8ón para cederle un terreno al Municipio de Cali
El Presidente de la República de Colombia
obrando en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
- a) Que por Decreto número 3518 de 1S49, se declaró turbado el orden público en el país y en estado de sitio el territorio de la Nación;
- b) Que la Nación es propietaria, par conducto del Ministerio de Educación Nacional, de un lote de terreno en extensión de cuarenta y tres mil doscientos siete metros cuadrados (43.207 m2), ubicado dentro del área de población del Municipio de Cali, en el Barrio Nacional de esa ciudad, por haber Jo adquirido del Municipio de Cali mediante la escritura pública número 2883 del 24 de octubre de 1946;
- c) Que las Empresas Municipales de Cali necesitan para el desarrollo de los plan.es de ampliación del acueducto la adquisición de un lote de terreno en extensión de siete mil ochocientos cincuenta y ocho metros cuadrados (7.858 m2), que hace parte del lote 'de mayor extensión de que se habló al principio, para construir en él dos (2) tanques de almacenamiento de agua con capacidad de quince mil metros cúbicos (15.000 m3) cada uno;
- d) Que por razones de carácter técnico según lo ha indicado al Ministerio de Educación el señor Gerente de las Empresas Municipales de Cali en oficio número GG|247|54 fechado en esa ciudad el 17 de Febrero del año en curso, el único terreno que por su situación topográfica sirve para la construcción de esos tanques, es el que se indicó en el considerando segundo y que está marcado en el plano respectivo con líneas rojas, el cual, como ya se dijo, hace parte del lote de mayor extensión donde funciona la Escuela Normal Nacional de Señoritas;
- e) Que de acuerdo con el informe que rindió a este Ministerio el Inspector Nacional de Normales, quien fue comisionado para hacer un estudio de la cuestión, la cesión del lote de terreno que solicita el Municipio de Cali no atenta para nada el funcionamiento de ese plantel de educación.
Y por el contrario, las obras que ofrecen realizar allí las Empresas Municipales de Cali, mejoran notablemente la configuración del terreno donde funciona la mencionada Normal y facilita la ampliación de los servicios locativos de ese plantel;
- f) Que esta cesión que debe hacerle, la Nación al Municipio de Cali redunda en beneficio de la comunidad, puesto que se trata de la ampliación de un servicio público al cual está vinculado el interés colectivo, y no causa ningún perjuicio a la función educativa que orienta y dirige el Ministerio de Educación Nacional por función constitucional;
- g) Que, por su parte, las Empresas Municipales de Cali le han ofrecido a la Nación, a cambio de la cesión del terreno que solicitan, dotar a esa Escuela Normal de Señoritas de los servicios gratuitos de agua y energía eléctrica por tiempo indefinido y mientras funcione en el terreno contiguo al que • se va a ceder.
DECRETA:
Artículo 1º Autorizar a la Nación (Ministerio de Educación), para cederle al Municipio de Cali, con destino a las Empresas Municipales, pará 1& ampliación del Acueducto municipal, un lote de terreno en la extensión superficial de siete mil ochocientos cincuenta y ocho metros cuadrados (7.858 m2), que hace parte del lote de mayor extensión que adquirió la Nación de ese mismo Municipio de Cali, mediante la escritura pública número 2883 del 24 de octubre de 1946, el cual está ubicado en el área de población de la ciudad de Cali, en el Barrio Nacional, y cuyos linderos especiales, de acuerdo con el plano que ha sido levantado por las Empresas Municipales de Cali, son los siguientes:
"Por el Norte, cerca al medio, con la carrera 14-E o Avenida Julio Arboleda, en una longitud de sesenta y siete metro (67 mts.); por el Sur, cerca al medio, con la carrera 14-F o Avenida Junín, en una longitud de ochenta y siete metros con cincuenta centímetros (87.50); por el Oriente, tapia de por medio, con las propiedades particulares que en seguida se indican, y cuyas puertas de entrada se expresan siguiendo el sentido de Norte a Sur: casa de José Vicente Suarez, distinguida con el número 14-E-04; casa de H. J. Benoit, distinguida con el número 14-E-16; casa de Jorge Zornosa, distinguida con el número 14-E-18; casa de Alejandro Bonilla O., distinguida con el número 14-E-30; casa de Víctor Herrera, distinguida con el número 14-E-34; casa de Primitivo Nieto, distinguida con el número 14-E-48; casa de la Caja de Crédito de los Empleados Departamentales, distinguida con el número 14-E-50; lote de terreno sin construir de Clímaco Santos Belalcázar, sin nomenclatura urbana todavía; y casa de Hernando Ramírez, distinguida con el número 2-14 Oeste. Las ocho primeras propiedades tienen sus frentes sobre la calle Oeste, y la última, sobre la carrera 14-F o Avenida Junín que constituye el lindero sur del lote que se cede; por el Oriente, con terrenos del Gobierno Nacional (Ministerio de Educación), y en los cuales están levantados los varios edificios de la Escuela Normal de Señoritas de Cali. La longitud total de este lindero es de ciento veintiún metros (121) más o menos, y separa el lote que se segrega para cederlo a las Empresas Municipales de Cali, del terreno que queda de la Nación después de la segregación".
Artículo 2º Facúltase al señor Gobernador del Departamento del Valle para otorgarle a nombre de la Nación (Ministerio de Educación Nacional) al Municipio de Cali, representado por el señor Personero Municipal, la escritura pública; de .cesión a título gratuito y hacer la entrega de dicho lote de terreno con observancia de las fórmulas legales propias de esta clase de actos dispositivos del dominio.
En la misma escritura de cesión se dejará constancia de la oferta que hacen las Empresas Municipales de Cali de dotar a la Escuela Normal de que se ha hecho mención, de los servicios gratuitos de agua y luz por tiempo indefinido.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de junio de 1954.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA.
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
El Ministro de Justicia,
Brigadier General Gabriel París.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gustavo Berrío M.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Brigadier General Arturo Chary.
El Ministro del Trabajo,
Aurelio Caicedo Ayerbe.
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía.
El Ministro de Fomento,
Alfredo Rivera Valderrama.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Nel Rueda Uribe.
El Ministro de Educación Nacional,
Daniel Henao Henao.
El Ministro de Comunicaciones,
Coronel Manuel Agudelo G.
El Ministro de Obras Públicas,
Santiago Trujillo Gómez.
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