por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Higiene)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros.en su sesión del día 9 de junio del año en curso autorizó, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para, efectuar unas, traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Higiene, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo primero. Háeense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:
Ministerio de Higiene.
| Capítulo 57 | ||
|---|---|---|
| Del artículo 660-A. Para construcciones, ampliaciones y mejoras, rreparaciones, dotación y sostenimiento de los hospitales del país, de acuerdo con el Plan Hospitalario Nacional; complementario de las campañas Sanitarias | $ | 300.000.00 |
| Suman los Contracréditos | $ | 300.000.00 |
| Capitulo 57. | ||
| Al artículo 660. Para Centros de Higiene.y Campañas Sanitarias de toda clase, según contratos con los Departamentos, Intendencias, Comisarías, Municipios y con otras entidades, para sostenimiento de organismos sanitarios de la misma clase, en forma directa, en los casos que sea necesario, y para dotación de drogas y demás elementos para esos organismos, en el año | 300.000.00 | |
| Suman los créditos | $ | 300.000.00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publiquese.
Dado en Bogotá a 12 de junio de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Higiene, Jorge E. CAVELIER.
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