Por el cual se modifica el artículo 24 del Decreto número 2216 de 1938

Rango Decreto
Publicación 1939-10-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones, y en especial de las que le confiere la Ley 80 de 1925,

DECRETA:

Artículo único. Modificase el artículo 24 de Decreto número 2216 de 1938, en la siguiente forma:

"En la capital de cada Departamento, Intendencia o Comisaría, podrán funcionar las Ligas Deportivas de cada uno de los deportes que se practiquen en el territorio del país.

"Parágrafo. Cuando no sea posible la fijación de la sede de una Liga Deportiva, en las capitales de los Departamentos, Intendencias o Comisarías, los Comités ejecutivos de las asociaciones respectivas podrán determinar la fijación de las sedes en otras ciudades que presenten todas las facilidades para la buena organización y marcha del deporte."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de octubre de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economía Nacional,

Alfonso ARAUJO

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