Por el cual se reduce el auxilio nacional apropiado en el presupuesto vigente a las Intendencias y Comisarías especiales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 99 de 1931, y
CONSIDERANDO
Que algunos Comisarios especiales han manifestado al Gobierno que en atención a la crisis fiscal y para obtener el equilibrio del Presupuesto, puede rebajarse en un diez por ciento el auxilio concedido a las entidades respectivas,
DECRETA:
Artículo único. Desde el primero del mes en curso queda reducido en un diez por ciento el auxilio apropiado en el artículo 46 del Presupuesto vigente, para atender a los gastos del personal de las Intendencias del Chocó, Meta y San Andrés y Providencia, y de las Comisarías Especiales de Arauca, Caquetá, La Goajira, Putumayo, Vaupés y Vichada.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de noviembre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Gobierno,
Agustín MORALES OLAYA
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