por medio del cual se adopta una disposición sobre comisiones al exterior

Rango Decreto
Publicación 1998-10-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1°. Las comisiones al exterior que deba cumplir el Presidente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -Telecom-, serán conferidas mediante resolución motivada suscrita por el Ministro de Comunicaciones, sin que se requiera de ninguna aprobación o autorización previa por parte de su Junta Directiva.
Artículo 2°. El presidente de la empresa deberá informar a la Junta Directiva de las comisiones que le sean conferidas, en la sesión siguiente a la fecha de la comisión.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de septiembre de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO

La Ministra de Comunicaciones,

Claudia de Francisco.

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