Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970. (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 25.000.000

Rango Decreto
Publicación 1970-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos (de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito e incorporarlos al Presupuesto por medio de decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de bienestar social, abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, en el Ministerio de Defensa Nacional, por $ 25.000.000;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 19 de 1970 por $ 320.000.000, con base en el reajuste de los estimo tiras del impuesto sobre la renta y complementarios, de los cuales se utilizan $ 25.000.000, para financiar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales exigidos para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de veinticinco millones de pesos ($ 25.000.000), moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 19 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas e Ingresos.

CAPITULO I

Numeral 1. Impuesto sobre la renta y complementarios $ 25.000.000
Suma el recuro $ 25.000.000
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

Presupuesto de Funcionamiento.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

CAPITULO 175

Administración y Dirección del Ministerio.

Programa 185.

Gabinete del Ministro.

Transferencias

202, 332, 402. Artículo 1764. Caja de Sueldos de Retiro $25.000.000
Suma el crédito $25.000.000
Artículo 3°. El presente Decreto desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de octubre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito. Público, Alfonso Patino Roselli.

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