Por el cual se modifica el Decreto número 1647 de junio 30 de 1981
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Articulo 1° Aclárase el artículo 1° del Decreto 1647 de Junio 30 de 1981, en el sentido de que los nombres correctos de los funcionarios comisionados son Juan José Leguizamo Támara y Jaime Paredes Navas y no Juan José Leguizamo Támara y Jaime Paredes Ramos respectivamente como allí se dice.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de julio de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Eduardo Wiesner Duran.
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