Por el cual se crea un puesto en el ramo de Higiene y se señalan unos sueldos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.º Créase el puesto de inspector de Sanidad Local del puerto de Guapi, con la asignación mensual de $ 90.
Artículo 2. º Los Agentes de Policía Sanitaria del puerto de Girardot, tendrán cada uno un sueldo mensual de $ 60, desde el día primero (1.°) del presente mes.
Artículo 3. º El Experto Técnico del Saneamiento de Buenaventura, señor G. O. Richardson, pasará a prestar sus servicios en los puertos de Cartagena, Barranquilla y Santa Marta. Este empleado tendrá un sueldo de $ 450 mensuales, con derecho a viáticos de $ 6 diarios cuando la Dirección Nacional de Higiene disponga que deba trasladarse de Cartagena a otros puertos del Atlántico. También tendrá derecho a la suma de $ 150 para gastos de su traslación de Tumaco a Cartagena.
El Director Nacional de Higiene y Asistencia Pública reglamentará las funciones del mencionado Experto Sanitario.
Queda así reformado el artículo 1.º del Decreto número 411 de 1928.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de octubre de 1928
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Educación Nacional,
J. Vicente HUERTAS
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.