Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente (Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social)

Rango Decreto
Publicación 1943-10-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de octubre del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un- traslado dentro de las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en la nota número 1398 procedente de la Secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL

CAPITULO 42

Del artículo 465. Para atender a la construcción del alcantarillado

de la ciudad de Cartagena $ 20.000.00

CAPITULO 45

Al artículo 564-A. Para ampliación de hospitales, construcciones y reparaciones que requiera el

régimen sanatorial en el lazareto de caño loro $20.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de octubre de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Arcesio LONDOÑO PALACIO

El Ministro de Trabajo» Higiene y Previsión Social,

Abelardo FORERO BENAVIDES

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