Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente (Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de octubre del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un- traslado dentro de las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en la nota número 1398 procedente de la Secretaria de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo 1° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
CAPITULO 42
Del artículo 465. Para atender a la construcción del alcantarillado
| de la ciudad de Cartagena | $ 20.000.00 |
|---|---|
CAPITULO 45
Al artículo 564-A. Para ampliación de hospitales, construcciones y reparaciones que requiera el
| régimen sanatorial en el lazareto de caño loro | $20.000.00 |
|---|---|
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de octubre de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Arcesio LONDOÑO PALACIO
El Ministro de Trabajo» Higiene y Previsión Social,
Abelardo FORERO BENAVIDES
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