Por el cual se modifica parcialmente la planta de personal de la División de Impuestos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren los artículos 1° y 2° del Decreto Legislativo número 2683 de 1965,
decreta:
Artículo 1° A partir de la vigencia del presente Decreto, reclasifícase la Planta de Personal de la División de Impuestos Nacionales, en la siguiente forma:
| División de Impuestos Nacionales Subdivisión Técnico-legal | División de Impuestos Nacionales Subdivisión Técnico-legal |
|---|---|
| 1 Jefe de Grupo de Sustanciación y Notificación por | XII-16-b) |
| 1 Jefe de Sustanciación y Notificación | XVI-20-b) |
| Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá | Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá |
| 1 Administrador de Impuestos Nacionales | IX-22-b) |
| 1 Jefe de Sección | IX-20-b) |
| 1 Jefe de Grupo por | IX-13-a) |
| 1 Administrador de Impuestos Nacionales | IX-22-c) |
| 1 Jefe de Sección | X-21-c) |
| 1 Jefe de Grupo | XI-15-a) |
Artículo 2° El personal de empleados que ocupa los cargos cuyas denominaciones y asignaciones se modifican por el presente Decreto, queda incorporado conforme a lo establecido en el artículo anterior y requerirá únicamente para la posesión, la firma del acta respectiva y el pago de Impuesto de Timbre Nacional equivalente a la diferencia de la remuneración correspondiente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a julio 25 de 1966.
GUILLERMO LEON VALENCIA
Joaquín Vallejo Arbeláez, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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