Por el cual se crea el Departamento Administrativo de la Policía Nacional y se señalan sus funciones

Rango Decreto
Publicación 1935-12-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia.

en uso de las facultades que le concede la Ley 15 del año en curso,

DECRETA:

Artículo 1°. Crease el Departamento Administrativo de la Policía Nacional, el cual empezará a funcionar el día 16 del presente mes.
Artículo 2°. El Departamento Administrativo tendrá una Jefatura con el siguiente personal y asignaciones:

Un Jefe, con $ 300 mensuales.

Un Secretario, con $120 mensuales

Un Estenógrafo, con $ 80 mensuales.

Artículo 3°. El Departamento Administrativo incorporará las siguientes dependencias:

Contabilidad, Control y Estadística, Habilitación, Intendencia, Proveeduría y Casinos.

Artículo 4°. Serán funciones del Departamento Administrativo:
Artículo 5°. Por decretos posteriores se fijarán la denominación, personal, asignaciones y funciones de cada una de las dependencias que integran el Departamento Administrativo, y por Resoluciones del Director General de la Policía se determinarán los deberes del personal de dichas dependencias.
Artículo 6°. Mientras se dictan los decretos de que habla el artículo anterior, las Secciones que se incorporan al Departamento Administrativo por el presente Decreto, continuarán funcionando con el personal y asignaciones que tienen en la actualidad.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de noviembre de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS CAMABGO

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