Por el cual se hace una distribución y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1958-10-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo primero. La partida asignada por el Decreto número 1150 de julio 2 del presente año, para construcciones escolares primarias en el Territorio Escolar del Vaupés, se distribuye así:
Para iniciar la construcción de una escuela e internado para niños indígenas e hijos de colonos, en San José del Guaviare $ 20.000.00
Para la construcción de una escuela en Miraflores (Alto Vaupés) 20.000.00
Para iniciar la construcción de una escuela e internado para indígenas e hijos de colonos, en la Misión del Río Inirida 10 .000.00
Suma total $ 50.000.00
Artículo segundo. Delégase la ejecución de las obras mencionadas en el artículo anterior en la Prefectura Apostólica de Mitú, y en consecuencia las sumas destinadas para ésas obras, y con imputación al capítulo 396, articulo 5038 del Presupuesto Nacional vigente, se girarán al Prefecto Apostólico de Mitú.
Artículo tercero. Este Decreto rige desdé la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de septiembre de 1958.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Educación Nacional,

Reinaldo Muñoz Zambrano.

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