Por el cual se crean unos cargos transitoriamente y se hacen unos nombramientos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Circular número R-08027-A, de fecha 20 de junio del presente año, rio la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, se autorizó a las Administraciones de Hacienda Nacional para efectuar liquidaciones provisionales del impuesto sobre la renta y complementarios por tiempo limitado, con el fin de regularizar las entradas fiscales, y
Que, para poder activar las notificaciones del impuesto de las liquidaciones provisionales, se requiere el aumento de! personal de notificadores,
DECRETA:
Articulo 1° Créanse, a partir del 1° de julio de 1949 y por el término de dos meses, tres plazas de Mecanotaquígrafas Segundas, con asignación mensual de ciento sesenta pesos ($ 160), en la Sección Primera de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca.
Articulo 2° Para servir los cargos de que trata el artículo anterior y por el término indicado, nómbrase a las señoritas Lilia Peñuela, Lucila León y Ninfa Andrade Pinzón.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de julio de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Hernán JARAMILLO OCAMPO
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