Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)

Rango Decreto
Publicación 1957-11-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

obrando de conformidad con las disposiciones de los Decretos legislativos 164 de 1950 y 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Gastos de Administración, auxilios y otros.

CAPITULO 109

Aportes, participaciones, indemnizaciones y devoluciones.
105. Del artículo 1132. Para devolución de toda clase de rentas que se hayan cobrado de más, en el año 220.000.00
Suman los contracréditos 220.000.00
CAPITULO 107 Servicio de Hacienda y Catastro Nacionales
301. Al artículo 1097. Para gastos de conservación, aseguro mecánico, servicio técnico, reparaciones y repuestos del equipo mecánico y mobiliario, y para reparaciones menores y adaptación de locales al servicio del ramo de Hacienda y Catastro Nacionales, en la presente vigencia y anteriores 25.000.00
003. Al artículo 1103. Para viáticos y gastos de transporte del personal del ramo de Hacienda y Catastro Nacionales, cuando viaje en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores 195.000 .00
Suman los créditos 220.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
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Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de octubre de 1957.

Mayor General Gabriel Paris,

Presidente de la Junta.

Mayor General. Deogracias Fonseca.-Contraalmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo

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