Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 6 de octubre en curso, concedió al Ministerio de Hacienda la autorización de que trata el artículo 32 de la Ley 64 de 1931 para efectuar algunos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 3123, procedente de la Secretaría de dicha entidad,
DECRETA:
Articulo único. Hácénse los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
| Ministerio de Educación Nacional | |||
|---|---|---|---|
| Del capítulo 57, artículo 329. Para auxiliar los restaurantes escolares que funcionan en las escuelas públicas primarias, en las anexas a las Normales, en las Escuelas Industriales y de Artes y Oficios, y en los Internados Agrícolas | $ | 9.000 | |
| Del capítulo 57, artículo 330. Para auxiliar las construcciones escolares en los Municipios de los Departamentos, Intendencias y Comisarias, incluyendo el Colegio de Varones de Calarcá, el Colegio de San Luis, de Túquerres, y las Escuelas Modelos de Quibdó y Neguá | 11.000 | ||
| Del capítulo 62, artículo 446. Para el Parque Arqueológico de San Agustín | 6.000 | ||
| Del capítulo 64, artículo 463. Para fomento de la educación artística | 8.000 | ||
| Del capítulo 64, articulo 477-A. Para gastos del servicio de arqueología | 5.000 | ||
| Del capítulo 64, artículo 480. Para la Cruz Roja de Frontino (Ley 26 de 1938) | 5.000 | ||
| Del capítulo 64, artículo 483. Para el centenario de Arnalfi | 5.000 | ||
| Al capitulo 58, artículo 380. Para la construcción del edificio de esta Escuela (Escuela Normal para maestros rurales de Gigante). | 10.000 | ||
| Al capitulo 60, artículo 410. Para continuar la construcción de la Ciudad Universitaria | 34.000 | ||
| Al capítulo 64, artículo 462. Para propaganda cultural, biblioteca y otros gastos | 2.000 | ||
| Al capítulo 64, artículo 474. Para sostenimiento y ampliación de la Radiodifusora Nacional | 3.000 | ||
| Sumas iguales | $ | 49.000 | 49.000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de octubre de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
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