Reformatorio del artículo 3o del de 28 de noviembre de 1877, inserto en el Diario Oficial número 4070
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
v i s t o s :
El decreto número 679, de 28 de noviembre próximo pasado, por el cual se reorganiza el Resguardo de la Aduana de Barranquilla, i
El informe del Administrador Tesorero de dicha oficina, de 16 de diciembre último, número 1,153,
decreta :
Artículo único. El aumento que segun el referido decreto número 679, habrá de corresponder a los empleados del Resguardo de la Aduana de Barranquilla sobre sus sueldos fijos anteriores, es abonable únicamente desde el 15 de diciembre de 1877 ; quedando en estos términos reformado el artículo 3.° del mencionado decreto.
Dado en Bogotá, a 5 de enero de 1878.
AQUILEO PARRA.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Luis Bernal.
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