por el cual se establece la Planta de Personal de Empleados Públicos y se fija el número de Trabajadores Oficiales de la Industria Militar

Rango Decreto
Publicación 2001-02-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en concordancia con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Las funciones propias de la Industria Militar, serán cumplidas por la Planta de Personal de Empleados Públicos que a continuación se establece:
No. DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
1 (Uno) Gerente General de Entidad Descentralizada 0015 21
4 (Cuatro) Subgerente General de Entidad Descentralizada 0040 18
3 (Tres) Director de Fábrica 0116 11
1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 13
Artículo 2º. La Planta de Personal de Trabajadores Oficiales será de 1.000 cargos.
Artículo 3º. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto número 1580 de 1997.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de febrero de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Manuel Santos.

El Ministro de Defensa Nacional,

Luis Fernando Ramírez Acuña.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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