por el cual se modifica el Decreto número 176, de distribución de los fondos apropiados en el Presupuesto Nacional para la Escuela Normal de Rurales de La Picota

Rango Decreto
Publicación 1944-08-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que por Decreto 176 de enero 31 del año en curso, en el que se distribuyen los fondos apropiados en el Presupuesto Nacional para la Escuela Normal de Rurales de La Picota, se destinó partida para alimentación de 116 alumnas becadas, en diez meses, de febrero a noviembre inclusive, a razón de $ 16 mensuales cada una;

Que según comunicación número 217636 de fecha 21 de julio pasado, procedente de la Dirección de la Sección Normalista del Ministerio de Educación, en dicho plantel sólo existieron 105 becadas en el mes de febrero, 110 en el mes de marzo, 109 en los meses de abril, mayo y junio, y 108 de julio inclusive en adelante;

Que esta circunstancia presenta-un sobrante de $ 1.248 en la destinación para alimentación de alumnos becados, y

Que según la misma comunicación con la cantidad de $ 16, asignada para alimentación de cada una de las alumnas por Decreto 176 y debido al alto costo de la vida, está siendo imposible atender en forma adecuada este servicio,

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícase el Decreto número 176 de enero 31 del año en curso, en el sentido de fijar en 105 el número de alumnas becadas en el mes de febrero; en 110 el número de las mismas en el mes de marzo; en 109 para los meses de abril, mayo y junio, y en 108 para cada uno de los meses de julio a noviembre inclusive; en la Escuela Normal de Rurales de La Picota.
Artículo 2 º. Modifícase el mismo Decreto número 176, en el sentido de aumentar de $ 16 a $ 18.80 mensuales, la partida asignada para alimentación de cada una de las 108 alumnas becadas, en la Escuela Normal de Rurales de La Picota, en los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre del año en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dada en Bogotá a 18 de agosto de 1944.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda v Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Antonio ROCHA

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