por el cual se crean unas Oficinas en el ramo Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1915-12-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

en uso de sus facultades,

decreta:

Créanse las Oficinas Telegráficas de Yacopí (Departamento de Cundinamarca), Almaguer, y Puracé (Departamento del Cauca), cada una con el personal y asignaciones siguientes:

Yacopi: Yacopi: Yacopi:
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 22
Un cartero 3
Pagos para alumbrado 1
Almaguer: Almaguer: Almaguer:
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 30
Un cartero 3
Pagos para alumbrado 1
Puracé: Puracé: Puracé:
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 25
Un cartero 3
Pagos para alumbrado 1

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de diciembre de 1915.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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