Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-08-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Departamento de Contraloría).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 17 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Departamento de Contraloría según consta en el acta respectiva.

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA
Capítulo 103.
Del artículo 2049. Para sueldos del personal de la Dirección y demás oficinas de Estadística Nacional, en el año $ 1.200.00
Capítulo 103.
Al artículo 2051. Para viáticos y transportes de Visitadores y empleados de Estadística que salgan en comisión del servicio, o hayan de trasladarse de un lugar a otro $ 1.200.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de agosto de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho,

Carlos PELAEZ

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