Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de Relaciones Exteriores

Rango Decreto
Publicación 1934-11-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Hágase en el Presupuesto de la actual vigencia el siguiente traslado:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Del capítulo 21, artículo 61. Gastos extraordinarios e imprevistos, la suma de $ 5,000
Para trasladarlos al capítulo 21, articulo 58,.aseo, teléfonos, etc., y demás gastos de material del Ministerio $ 5,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de octubre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

R. URDANETA AUBELAEZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.