Por el cual se crea un puesto en el ramo de telégrafos y se aumentan unos sueldos
POR EL CUAL SE CREA UN PUESTO EN EL RAMO DE TELEGRAFOS Y SE AUMENTAN UNOS SUELDOS
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.º Créase la plaza de Ayudante en la Oficina Postal y Telegráfica de San Andrés (Santander), con la asignación mensual de cincuenta y cinco pesos ($ 55).
Artículo 2.° Auméntase el sueldo a los siguientes empleados:
Al Telegrafista Administrador de Correos de Reinera, en diez y seis pesos ($ 16) mensuales.
Al Cartero de la Oficina Postal y Telegráfica de La Virginia, en cinco pesos ($ 5) mensuales.
Artículo 3.° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, o sean setenta y seis pesos ($ 76), se tomarán de la suma de ciento tres pesos ($ 103), que quedaron excedentes según el artículo 3.º del Decreto número 1972, de fecha 16 de los corrientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús GARCIA
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