Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Policía Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1952-10-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 12 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unas, translaciones dentro de las apropiaciones de la Policía Nacional según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes translaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

Policía Nacional.
Capítulo 7°.
Del artículo 79. Para el pago de arrendamiento de locales y terrenos, en el año $ 120.000.00
Suman los contracréditos $ 120.000.00
Capítulo 7°.
Al artículo 68. Para el pago de la Prima de Alojamiento en los términos de la ley, en el año $ 120.000.00
Suman los créditos $ 120.000.00

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de agosto de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.

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