Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 30 del presente año,
decreta:
Artículo 1° Adicionase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de marzo de 1919 a último de febrero de 1920, con la cantidad de cuarenta y cinco mil ochocientos treinta y tres pesos veinticinco centavos ( $ 45,833-25) , que llevará la siguiente imputación:
MINISTERIO DEL TESORO
CAPITULO 83
Gastos varios
| Artículo 715. Para dar cumplimiento al pago de un crédito a favor de los Departamentos de Santander y Norte de Santander | $ 45,833 25 |
|---|---|
| Total | $ 45,833 25 |
Artículo 2° La Dirección General de Contabilidad Nacional, La Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio del Tesoro y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto.
Publíquese,
Dado en Bogotá a 23 de octubre de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro del Tesoro, Esteban JARAMILLO
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