Por el cual se aumentan unas asignaciones en el ramo de Caminos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Auméntase, a $ 120 la asignación mensual del Tesorero Contador de las carreteras de San Gil al Socorro y Florida a Piedecuesta.
Artículo 2° Auméntase, a partir del día de diciembre próximo, a $ 60 mensuales el sueldo del Tesorero del camino del Líbano a Manizales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de noviembre de 1926.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obras Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.
Digitó: CC1.018.407.351
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