por el cual se aprueba el Acuerdo número 22 de mayo 10 de 1997 que establece la Planta de Personal del Instituto Nacional para Sordos -INSOR- -
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 22 de 1997 por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Nacional para Sordos INSOR y cuyo texto es el siguiente
.
ACUERDO NUMERO 22 DE 1997
(mayo 10)
mediante el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Nacional para Sordos
INSOR
La Junta Directiva del Instituto Nacional para Sordos INSOR, en ejercicio de sus facultades legales y estatuarias,
ACUERDA:
Artículo 1 **º.** Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Nacional para Sordos INSOR, serán desarrolladas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
Despacho del Director
| Nº de cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 (uno) | Director General | 0015 | 18 |
| 1 (uno) | Subdirector General | 0040 | 16 |
| 2 (dos) | Subdirector General | 0040 | 14 |
| 2 (dos) | Asesor | 1020 | 04 |
| 2 (dos) | Jefe de oficina | 2045 | 18 |
| 1 (uno) | Secretaria ejecutiva | 5040 | 15 |
| 1 (uno) | Conductor mecánico | 5310 | 11 |
Los cargos que a continuación se establecen conforman la Planta Global del INSOR, los cuales serán distribuidos mediante resolución por el Director General, de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio.
Planta Global
| Nº de cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 4 (cuatro) | Profesional especializado | 3010 | 15 |
| 7 (siete) | Profesional universitario | 3020 | 12 |
| 15 (quince) | Profesional universitario | 3020 | 10 |
| 8 (ocho) | Profesional universitario | 3020 | 08 |
| Nivel técnico | Nivel técnico | Nivel técnico | Nivel técnico |
| 6 (6) | Técnico administrativo | 4065 | 10 |
| Nivel asistencial | Nivel asistencial | Nivel asistencial | Nivel asistencial |
| 1 (uno) | Almacenista | 5080 | 16 |
| 3 (tres) | Auxiliar administrativo | 5120 | 13 |
| 5 (cinco) | Auxiliar administrativo | 5120 | 12 |
| 1 (uno) | Ayudante de oficina | 5155 | 07 |
| 4 (cuatro) | Auxiliar de servicios generales | 5335 | 06 |
Artículo 2º **.** El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 178 del 20 de diciembre de 1991 y las demás disposiciones que le sean contrarias y requiere para su validez la aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá D. C., a 10 de mayo de 1997.
El Presidente,
(Fdo.) Guillermo Zapata,
La Secretaria,
(Fdo.) Lucía Pérez Torres,
Artículo 2º. La incorporación de los empleados a la nueva planta de personal se hará dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha de publicación del presente, de conformidad a las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1087 del 1º de julio de 1992 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 14 de agosto de 1997
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro de Educación Nacional,
Jaime Niño Díez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.
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