Por el cual se concede una franquicia telegráfica

Rango Decreto
Publicación 1926-11-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

E1 Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Concédese franquicia telegráfica hasta por treinta palabras diarias al señor Jaime F. Lindsay, especialista contratado por el Gobierno para el estudio de los cables aéreos del país, únicamente para tratar los asuntos urgentes relacionados con su misión.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1926.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Jesús GARCIA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.