Por el cual se autoriza una emisión de estampillas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que en el mes de noviembre del presente año la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, celebra los 25 años de su fundación, y el Gobierno de Colombia desea asociarse a este acontecimiento teniendo en cuenta que la Caja ha prestado valiosos servicios al país,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorizase la emisión de las siguientes estampillas conmemorativas del 25 aniversario de la fundación de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero:
Correo Ordinario:
4 millones de estampillas de $ 0.01, motivo ahorro.
4 millones de estampillas de $ 0.02, motivo agricultura.
4 millones de estampillas de $ 0.05, motivo escudo de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero Correo Extra-Rápido:
4 millones de estampillas de $ 0.05, motivo de ganadería.
Correo Aéreo:
4 millones de estampillas de $ 0.05, motivo ahorro.
500.000 estampillas de $ 0.10, motivo agricultura.
4 millones de estampillas de $ 0.15, motivo escudo de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.
500.000 estampillas de $ 0.20, motivo ganadería.
Artículo 2°. El gasto que demande la emisión de las estampillas a que se refiere el artículo anterior, lo cubrirá la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero de sus propios fondos, y su valor será reembolsado por el Ministerio de Comunicaciones en estampillas de esta emisión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de agosto de 1956
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Carlos Villaveces.
El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Comunicaciones,
Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.
(Publicado en el Diario Oficial número 29136 de fecha 17 de septiembre de 1956).
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