Por el cual se autoriza una emisión de estampillas

Rango Decreto
Publicación 1957-12-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y

CONSIDERANDO

que en el mes de noviembre del presente año la Caja de Crédito Agrario, industrial y Minero, celebra los 25 años de su fundación, y el Gobierno de Colombia desea asociarse a este acontecimiento teniendo en cuenta que la Caja ha prestado valiosos servicios al país,

DECRETA:

Articulo 1° Autorizase la emisión de las siguientes estampillas conmemorativas del 25 aniversario de la fundación de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero:

Correo Ordinario:

4 millones de estampidas de $ 0.01, motivo ahorro.

4 millones de estampillas de $ 0.02, motivo agricultura.

4 millones de estampillas de $ 0. 05, motivo escudo de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero Correo Extra-Rápido:

4 millones de estampillas de $ 0.05, motive de ganadería.

Correo Aéreo:

4 millones de estampillas de $ 0.05, motivo ahorro.

500.000 estampillas de $ 0.10, motivo agricultura.

4 millones de estampillas de $ 0.15, motivo escudo de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.

500.000 estampillas de $ 0.20, motivo ganadería.

Articulo 2° El gasto que demande la emisión de las estampillas a que se refiere el artículo anterior, lo cubrirá la Caja de Crédito Agrario. Industrial y Minero de sus propios fondos, y su valor será reembolsado por el Ministerio de Comunicaciones en estampillas de esta emisión.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de agosto de 1950.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Carlos Villaveces

El Ministro de Fomento, encargado del Despicho de Comunicaciones,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

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