Por el cual se reorganizan la Dirección de la Policía Nacional, algunas de sus dependencias inmediatas y el departamento de vigilancia

Rango Decreto
Publicación 1935-12-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las autorizaciones que le confiere la Ley 15 del presente año,

DECRETA:

Artículo 1° Desde el 16 del presente mes el personal, distribución y asignaciones mensuales de las dependencias de la Policía Nacional que en seguida se indican, serán los siguientes:

A-Dirección General A-Dirección General A-Dirección General
Un Director General $ 500
Un Ayudante del Director 150
Un estenógrafo 80
Un Portero 00
Tres Telefonistas, cada uno 70
B-Secretaria General.
Un Secretario General $ 300
Un Oficial Mayor 200
Un Sustanciador de la Caja de Auxilios 80
Un Oficial de la Orden del día. 80
Dos Estenógrafos, cada uno 70
Un Encargado del mimeógrafo 60
C-Jefatura General de las Divisiones de Bogotá.
Un Jefe $ 280
Un Comandante Visitador 200
Un Secretarlo del Jefe 130
Un Oficia] Radicador 75
Un Escribiente 75
Un Estenógrafo 70
Un Portero Cartero 20
D-Comando Central de las guarniciones de fuera de Bogotá.
Un Jefe $ 280
Un Comandante Visitador 200
Un Secretario del Jefe 130
Un Oficial Radicador 75
Un Escribiente 75
Un Oficial de nóminas 75
Un Estenógrafo 70
Un Portero Cartero 20
E-Prefectura de la Policía de Vigilancia
Un Prefecto $ 250
Un Ahogado personero de los empleados 200
Un Secretario del Prefecto 130
Un Oficial Mayor 100
Dos Escribientes, cada uno. 75
Un Radicador 75
Dos Estenógrafos, cada uno 70
F-Oficina de Información.
Un Jefe $ 120
Un Radicador 75
Un Oficial de Archivo 75
Un Ayudante 75
Un Motociclista 70
Tres Carteros, cada uno 40
Un Motociclista Cartero del Palacio Presidencial 80
Un Conserje 50
Seis Sirvientes, cada uno 20
G -Oficina de personal.
Un Jefe $ 160
Un Médico examinador 100
Dos Ayudantes, cada uno 75
Un Oficial de kárdex. 75
Un Radicador 75
Un Estenógrafo 70
H-Archivo.
Un Jefe $ 160
Un Oficial Mayor 100
Cuatro Oficiales Ayudantes, cada uno. 75
Dos Escribientes, cada uno 70
I--Servicio médico
Un Médico Jefe $ 200
Dos Practicantes internos, cada uno 75
Un Practicante de consulta externa 75
Un Enfermero 50
Un Archivero 40
Un Dentista 100
Dos Enfermeras para la Sala Cuna, cada una 30
J -Grupo de Motoristas.
Uno para el Director General $ 70
Uno para el Jefe General de las Divisiones de Bogotá 00
Uno para el Prefecto de Seguridad 60
Ocho para los cuatro carros de prisión, cada uno 60
Dos para el carro de ambulancia, cada uno 60
Dos para el Jefe de Guarnición, cada uno 60
Dos para el carro del Juzgado Permanente, cada uno 80
Uno para el camión de la Proveeduría. 60
El Grupo de Motoristas dependerá del Comandante de la XI División (Bomberos).
K-Divisiones de Bogotá.
I División.
Un Comandante $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tres Subtenientes, cada uno 90
Once Agentes de primera clase, cada uno 65
Doscientos veintiocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 90
Un Practicante 35
Un Peluquero 50
Un Ordenanza. 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
II División.
Un Comandante$ $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tres Subtenientes, cada uno 90
Once Agentes de primera clase, cada uno. 65
Doscientos veintiocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 90
Un Practicante 35
Un Peluquero. 50
Un Ordenanza 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
III División.
Un Comandante (para ésta y la IV) $ 250
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tres Subtenientes, cada uno 90
Once Agentes de primera clase, cada uno. 65
Doscientos veintiocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 100
Un Practicante 35
Un Peluquero 50
Un Ordenanza. 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
IV División.
Un Capitán $ 130
Un Teniente 100
Tres Subtenientes, cada uno 90
Once Agentes de primera clase, cada uno 65
Doscientos veintiocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Ayudante del Secretario de la III División, que lo será también de ésta 50
Un' Practicante 35
Un Peluquero 50
Dos Sirvientes, cada uno 15
V División.
Un Comandante $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tres Subtenientes, cada uno. 90 Once Agentes de primera clase, cada uno 65
Doscientos veintiocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 90
Un Practicante 35
Un Peluquero... 50
Un Ordenanza. 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
VI División
Un Comandante $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tres Subtenientes, cada uno... 90 Once Agentes de primera clase, cada uno. 65
Doscientos veintiocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 90
Un Practicante 35
Un Peluquero 50
Un Ordenanza 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
VII División.
Un Comandante $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tras Subtenientes, cada uno 90
Once Agentes de primera clase, cada uno 65
Doscientos veintiocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 90
Un Practicante 35
Un Peluquero. 50
Un Ordenanza. 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
VIH División.
Un Comandante $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tres Subtenientes, cada uno 90
Once Agentes de primera clase, cada uno. 65
Doscientos treinta y ocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista. 90
Un Practicante 35
Un Peluquero 50
Un Ordenanza 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
IX División
Un Comandante $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tres Subtenientes, cada uno 90
Once Agentes de primera clase, cada uno 65
Doscientos veintiocho Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista. 90
Un Practicante 35
Un Peluquero 50
Un Ordenanza. 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
X División - Carabineros.
Un Comandante $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Dos Subtenientes, cada uno 90
Nueve Agentes de primera clase, cada uno. 65
Ciento cincuenta Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 90
Un Practicante 35
Un Veterinario 80
Un Talabartero 60
Un Herrero 60
Un Ayudante del Herrero 50
Un Peluquero 50
Diez Palafreneros, cada uno 35
Dos Aurigas, cada uno. 50
Dos Ayudantes de Auriga, cada uno 40
Un Ordenanza. 20
Cuatro Sirvientes, cada uno 15
XI División (Bomberos).
Un Comandante. . $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Tres Agentes de primera clase, cada uno 65
Quince Agentes de segunda clase (Bomberos), cada uno 55
Un Secretario Almacenista 70
Un Mecánico Jefe 150
Un Mecánico Auxiliar 90
Cuatro Motoristas, cada uno 80
Cuatro Ayudantes de Motorista, cada uno. 60
Un Ordenanza. 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
XII División-Servicios especiales y comisiones.
Un Comandante 250
Dos Capitanes, cada uno 130
Dos Tenientes, cada uno... 100
Seis Subtenientes, cada uno Diez y seis Agentes de primera clase, cada uno 65
Quinientos Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 100
Un Ayudante del Secretario 50
Un Practicante 35
Un Peluquero 60
Un Ordenanza. 20
Tres Sirvientes, cada uno 15
Banda de músicos.
Un Director $ 180
Un Músico Mayor. 110
Seis Profesores solistas, cada uno 85
Diez y ocho Profesores de primera clase, cada uno 75
Treinta y seis Profesores de segunda clase, cada uno 05
L-Guarniciones de fuera de Bogotá y su acantonamiento.
XIII División (Servicio de fronteras)
Tres Comandantes, cada uno $ 200
Un Capitán 150
Dos Tenientes, cada uno 120
Seis Agentes de primera clase, cada uno 70
Cuatro Agentes de primera clase Ciento cuarenta Agentes de segunda clase, cada uno 60
Cuarenta y cinco Agentes de segunda clase, cada uno 55
Tres Secretarios Almacenistas, cada uno 80
Dos Médicos, cada uno. 100
Un Médico 80
Dos Veterinarios, cada uno 100
Dos Peluqueros, cada uno 50
Dos Herreros, cada uno 60
Dos Talabarteros, cada uno 60
Cuatro Palafreneros, cada uno. Tres Ordenanzas, cada uno 20
Dos Sirvientes para el aseo, cada uno 15
División del Norte.
Un Comandante $ 200
Un Capitán 130
Un Teniente 100
Un Subteniente 90
Seis Agentes de primera clase, cada uno 65
Ciento setenta Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 100
Un Pagador 80
Un Practicante 35
Un Peluquero 50
Un Ordenanza 20
Dos Sirvientes, cada uno 15
División de Barrancabermeja.
Un Comandante $ 200
Un Teniente 100
Tres Agentes de primera clase, cada uno 65
Sesenta Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 70
Un Ordenanza 20
División-del Chocó.
Un Comandante $ 200
Un Capitán 150
Un Médico 100
Cuatro Agentes de primera clase, cada uno 65
Cien Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 90
Un Ordenanza 20
División de Sevilla (zona bananera).
Un Comandante $ 200
Dos Agentes de primera clase, cada uno 55
Cuarenta y cinco Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 80
Un Ordenanza 20
Sección de Girardot.
Un Capitán $ 150
Un Agente de primera clase, Almacenista. 75
Un Agente de primera clase 65
Treinta Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Ordenanza 20
Sección de Agua de Dios.
Un Capitán $ 150
Tres Agentes de primera clase, cada uno 55
Cuarenta Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 70
Un Ordenanza 20
Sección de Honda.
Un Capitán $ 150
Un Agente de primera clase, Almacenista. 75
Un Agente de primera clase 65
Treinta Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Ordenanza 20
Sección de Contratación.
Un Capitán $ 150
Dos Agentes de primera clase, cada uno 65
Veinte Agentes de segunda clase, cada uno 55
Un Secretario Almacenista 60
Un Ordenanza 20
Sección de Muzo.
Un Capitán $ 150
Tres Agentes de primera' clase, cada uno 55
Treinta y cinco Agentes de segunda clase, cada uno 60
Un Secretario Almacenista 70
Un Ordenanza. 20
Sección de Marmoto.
Un Agente de primera clase Almacenista. $ 70
Tres Agentes de segunda clase, cada uno 55
Sección del Caquetá.
Un Agente de primera clase, Almacenista $ 70
Doce Agentes de segunda clase, cada uno 55
Sección de San Andrés y Providencia.
Un Agente de primera clase, Almacenista. $ 70
Diez y seis Agentes de segunda clase, cada uno 55
Sección de Agua de Dios (enfermos).
Un Comisario $ 51
Un Agente 60
Diez y ocho Agentes, cada uno 55
Un -Agente. 33
Un Agente 30

Artículo 2° Desde la vigencia de este Decreto quedan derogados los Decretos números 669 de 2 de abril de 1934 y 339 de 27 de febrero de 1935.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de noviembre de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS CAMARGO

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