Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 444 de 1994

Rango Decreto
Publicación 1998-10-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las contenidas en el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991,

DECRETA

Artículo 1°. Modificase el artículo primero del decreto 1196 de 1998 que en consecuencia quedará así: “Prorrogar indefinidamente la vigencia del decreto 444 de 1994”.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 30 de septiembre de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo

La Ministra de Comercio Exterior,

Marta Lucia Ramirez de Rincón

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