Por el cual se modifica el Decreto número 1766 de 1931, por el cual se hizo un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Modifícase el Decreto número 1766 de 3 de octubre de 1931, por el cual se hizo un traslado en el Presupuesto vigente, así:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
CAPITULO 57
Gastos varios.
Del artículo 445. Para jornales, empaques y acarreos de textos y útiles de enseñanza $ 600
AL MINISTERIO DE GOBIERNO
CAPITULO 69
Sección de Provisiones del Gobierno
Nacional.
Artículo 527. Para sueldos del personal creado por Decreto número 1817 de 14 de octubre del presente año, dependiente de la Sección de Provisiones $ 600
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de noviembre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
R. URDANETA ARBELAEZ
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