Por el cual se prorroga una licencia en el ramo de Correos
E1 Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo único. Prorrógase hasta por sesenta días al señor Ciriaco Aldana la licencia que le fue concedida por Decreto número 1520, de 5 de septiembre del presente año, para separarse de las funciones de Guarda del Departamento de Despacho de Correspondencia Oficial destinado prestar sus servicios en el de encomiendas Postales del Exterior de la Administración General de Correos
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
Miguel ARABIA MENDEZ.
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