Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Publicas Carreteras, y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1951-02-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Articulo 1° A partir del 16 de febrero del presente año, encargase a la Zona de Carreteras Nacionales de Corozal, de la conservación de la carretera Barranquilla-Cartagena, la cual se atenderá con la partida destinada para gastos de sostenimiento de esa Zona.
Articulo 2° A partir del 16 de febrero del presente año, suprimese el siguiente personal dependiente de la Interventora del contrato de pavimentación de la carretera Barranquilla-Cartagena, sector Barranquilla-kilómetro 18, creado por el Decreto número 796 de 1950 para los trabajos de pavimentación y conservación de la carretera Barranquilla-Cartagena, sector kilómetro 18-Cartagena; un Ingeniero Ayudante, un Cajero-Contador-Pagador, un Almacenista, una Mecanógrafa, dos Inspectores de Trabajo, un Mecánico Jefe, y dos Mecánicos Ayudantes.
Artículo 3° Fíjase un plazo de 15 días contados a partir de la fecha de la supresión de los cargo; a que se refiere el artículo anterior, para que el Cajero-Pagador-Contador de la mencionada Interventoria haga entrega de la Caja y Almacén puestos bajo su cuidado, respectivamente, al Cajero Pagador v ni Almacenista General de la Zona de Carreteras Nacionales de Corozal de la Caja y Almacén que tiene a su cargo, plazo durante el cual tendrá derecho a devengar la asignación de $ 450.00 mensuales que ha venido disfrutando.

Vencido este plazo el expresado funcionario no tendrá derecho a devengar remuneración de ninguna clase, sin perjuicio de la obligación de hacer la entrega respectiva.

Artículo 4° De las partidas apropiadas para la carretera Barranquilla-Cartagena, destinase la suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000.00) para atender a los gastos, de sueldos, jornales, materiales, prestaciones sociales, etc., a que haya lugar, de la Interventoría y de la conservación, pavimentación v estudios de la Carretera Barranquilla-Cartagena, causados a partir del 1° de enero del presente año, suma que será girada con ese fin al Cajero-Pagador de la Zona de Carreteras Nacionales de Corozal, de la cual responderá con la fianza que tiene constituida para garantizar el ejercicio de su cargo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Secretario General del Ministerio de Obras Pública-, encargado del Despacho,

Gabriel RODRIGUEZ FRANCO

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