Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1973, (Deuda Pública Nacional), por $ 57.982.400.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y
CONSIDERANDO
Que el numeral 1° del artículo 48 de la Ley 9ª de 1972, facultó al Gobierno Nacional, para incorporar al Presupuesto por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que hay necesidad de incorporar al Presupuesto la cantidad de $ 57.982.400.00 equivalente en pesos colombianos de los pagarés emitidos a favor de Ferrostaal AG Essen, de Alemania, de conformidad con el contrato celebrado el 12 de noviembre de 1970;
Que para amparar la apertura del crédito adicional en referencia el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 23 de 1973 por valor de $ 57.982.400, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1973, con la cantidad de cincuenta y siete millones novecientos ochenta y dos mil cuatrocientos pesos ($ 57.982.400) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 23 del mismo año expedido por el Contralor General de la Republica se incorporaran con imputación al siguiente numeral:
| Presupuesto de Rentas e Ingresos | ||
|---|---|---|
| CAPITULO XIII | ||
| Recursos del Crédito | ||
| b) Recursos del Crédito Externo. | ||
| Numeral 125. Producto de los pagarés expedidos a favor de Ferrostaal AG. Essen de Alemania | $ | 57.982.400 |
| Suma el crédito adicional | $ | 57.982.400 |
| Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. | ||
| --- | --- | --- |
| Presupuesto de Funcionamiento. | ||
| Deuda Pública Nacional | ||
| CAPITULO 161 | ||
| Dirección General de Crédito Público. | ||
| Programa 184. | ||
| Legalización entrega de títulos. | ||
| Artículo 1779-C Para legalizar la entrega de los pagarés emitidos a favor de Ferrostaal A. G. Essen de Alemania | $ 57.982.400 | |
| Suma el crédito adicional | $ 57.982.400 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, D. E. a 4 de octubre de 1973
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Publico encargado;
Oscar Uribe Londoño.
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