por el cual se integra el Consejo Nacional Laboral

Rango Decreto
Publicación 1992-12-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 4º de la Ley 54 de 1987,

DECRETA:

Artículo 1 º Integráse el Consejo Nacional Laboral de la siguiente manera:

Los señores: Orlando Obregón, Luis Eduardo Garzón, Apecides Alviz, Mario de J. Valderrama y Rafael Gómez Quiroga como principales; como suplentes los señores Luis Alejandro Pedraza, Gustavo Osorio, Luis Miguel Morantes, Cérvulo Bautista y José Cindo Forero.

Los señores: César González Muñoz, Germán Bula Escobar, Carlos Arturo Angel, Juana María Unda y Sabas Pretelt de la Vega, como principales y como suplentes los señores Rafael Acosta Alarcón, Felipe Ortiz Caviedes, Jairo Escobar Padrón, Augusto del Valle E. y Diego Mauricio Bejarano

Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Luis Fernando Ramirez Acuña.

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