Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 3.139.116.14

Rango Decreto
Publicación 1973-11-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio de artículo 48 de la Ley 9ª de 1972, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución número 8582 de 1673, declaró sobrante la cantidad de $ 3.139.116.14 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 44 de 1973, por $ 3.139.116.14, para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CONTRACREDITOS Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 162 Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales Subprograma 2. Administración y Recaudación de Impuestos. Servicios Personales PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CONTRACREDITOS Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 162 Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales Subprograma 2. Administración y Recaudación de Impuestos. Servicios Personales PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CONTRACREDITOS Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 162 Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales Subprograma 2. Administración y Recaudación de Impuestos. Servicios Personales PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CONTRACREDITOS Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 162 Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales Subprograma 2. Administración y Recaudación de Impuestos. Servicios Personales
101 114 103. Artículo 1424. Sueldos del personal de nómina $ 1.000.000.00
Gastos Generales Gastos Generales Gastos Generales Gastos Generales
106 114 219. Artículo 1433. Defensa de Hacienda Pública 300.000.00
Programa 163 Programa 163 Programa 163 Programa 163
Aplicación de Arancel, Resguardo y Aduanas Aplicación de Arancel, Resguardo y Aduanas Aplicación de Arancel, Resguardo y Aduanas Aplicación de Arancel, Resguardo y Aduanas
Subprograma 1. Administración de la Dirección de Aduanas. Subprograma 1. Administración de la Dirección de Aduanas. Subprograma 1. Administración de la Dirección de Aduanas. Subprograma 1. Administración de la Dirección de Aduanas.
Servicios Personales Servicios Personales Servicios Personales Servicios Personales
102 111 127. Artículo 1437. Auxilio de transporte 100.000.00
Subprograma 2. Administración Regional y Resguardo de Aduanas. Subprograma 2. Administración Regional y Resguardo de Aduanas. Subprograma 2. Administración Regional y Resguardo de Aduanas. Subprograma 2. Administración Regional y Resguardo de Aduanas.
Servicios Personales Servicios Personales Servicios Personales Servicios Personales
102 111 127. Artículo 1451. Auxilio de transporte $ 500.000
Programa 167 Servicios Administrativos Programa 167 Servicios Administrativos Programa 167 Servicios Administrativos Programa 167 Servicios Administrativos
Servicios Personales Servicios Personales Servicios Personales Servicios Personales
102 111 129. Artículo 1498. Subsidio familiar 500.000.00
205 321 430. Artículo 1521. Capacitación de personal 231.212.81
Programa 168 Inspección y Control Bancario Transferencias Programa 168 Inspección y Control Bancario Transferencias Programa 168 Inspección y Control Bancario Transferencias Programa 168 Inspección y Control Bancario Transferencias
205 321 430. Artículo 1544. Capacitación de personal 507.903.33
Suman los contracréditos: $ 3.139.116.14 3.139.116.14
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CREDITOS Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 171 Pago de Vigencias Expiradas PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CREDITOS Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 171 Pago de Vigencias Expiradas PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CREDITOS Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 171 Pago de Vigencias Expiradas PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CREDITOS Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 171 Pago de Vigencias Expiradas
Artículo 1564. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de servicios personales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 43.169.22
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Artículo 1565. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 3.095.946.92
Suman los créditos: $ 3.139.116.14

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Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 4 de octubre de 1973.

misael pastrana borrero

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Oscar Uribe Londoño.

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