por el cual se efectúa una reducción en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1999

Rango Decreto
Publicación 1999-10-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, el artículo 24 de la Ley 60 de 1993 y el Decreto 768 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que el Congreso de la República expidió la Ley 482 del 15 de noviembre de 1998 por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1999, el cual se liquidó por medio del Decreto 2354 del 19 de noviembre de 1998;

Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros casos, cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas, que deban pagarse con cargo a tales recursos;

Que debido al descenso de la actividad económica observada al cierre de 1998 y la menor tasa de crecimiento de la economía para el presente año, se ha disminuido el recaudo de los ingresos corrientes de la Nación y por consiguiente la base de liquidación de la participación a los municipios;

Que el parágrafo 2º del artículo 24 de la Ley 60 de 1993, establece que si los ingresos corrientes efectivos son inferiores se dispondrá la reducción respectiva;

Que el artículo 4º del Decreto Reglamentario 768 de 1998, de manera concordante determina que, en el evento que los ingresos corrientes efectivos sean inferiores a los aforados, procederá a efectuar la reducción en la correspondiente vigencia fiscal;

Que en virtud de la autorización conferida por el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 28 de septiembre de 1999, se podrá efectuar una reducción de las apropiaciones presupuestales en la presente vigencia fiscal, correspondientes a la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación,

DECRETA:

CONCEPTO VALOR
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
I. Ingresos del presupuesto nacional 326.928.100.000
1. Ingresos corrientes de la Nación 326.928.100.000
SECCION 1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 1301-01 GESTION GENERAL SECCION 1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 1301-01 GESTION GENERAL SECCION 1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 1301-01 GESTION GENERAL SECCION 1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 1301-01 GESTION GENERAL SECCION 1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 1301-01 GESTION GENERAL
Cuenta 4 Transferencia de capital Transferencia de capital Transferencia de capital
Subcuenta 1 Participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación Participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación Participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación
Objeto del gasto 1 Destinatarios de la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación Destinatarios de la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación Destinatarios de la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación
Ordinal 1 Destinatarios de la participación en los ingresos corrientes de la Nación. Destinatarios de la participación en los ingresos corrientes de la Nación. Destinatarios de la participación en los ingresos corrientes de la Nación.
Subordinal 1 Municipios del departamento del Amazonas Municipios del departamento del Amazonas Municipios del departamento del Amazonas
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 444.401.909
Subordinal 2 Resguardos del departamento del Amazonas Resguardos del departamento del Amazonas
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 137.188.448
Subordinal 3 Municipios del departamento de Antioquia Municipios del departamento de Antioquia
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 39.015.466.665
Subordinal 4 Resguardos del departamento de Antioquia Resguardos del departamento de Antioquia
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 67.892.351
Subordinal 5 Municipios del departamento de Arauca Municipios del departamento de Arauca
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 1.821.792.679
Subordinal 6 Resguardos del departamento de Arauca Resguardos del departamento de Arauca
Subordinal 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 12.967.952
Subordinal 7 Municipios del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Municipios del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 457.334.126
Subordinal 8 Municipios del departamento del Atlántico Municipios del departamento del Atlántico
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 6.446.793.431
Subordinal 9 Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 5.887.185.768
Subordinal 10 Municipios del departamento de Bolívar Municipios del departamento de Bolívar
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 13.460.594.908
Subordinal 11 Municipios del departamento de Boyacá Municipios del departamento de Boyacá
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 18.835.864.973
Subordinal 12 Resguardo del departamento de Boyacá Resguardo del departamento de Boyacá
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 30.919.577
Subordinal 13 Municipios del departamento de Caldas Municipios del departamento de Caldas
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 7.666.801.143
Subordinal 14 Resguardos del departamento de Caldas Resguardos del departamento de Caldas
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 221.257.315
Subordinal 15 Municipios del departamento de Caquetá Municipios del departamento de Caquetá
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 4.085.348.365
Subordinal 16 Resguardos del departamento de Caquetá Resguardos del departamento de Caquetá
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 31.966.817
Subordinal 17 Distrito turístico y cultural de Cartagena Distrito turístico y cultural de Cartagena
Recurso 10 Recursos corrientes Recursos corrientes 3.941.071.742
Subordinal 18 Municipios del departamento del Casanare
Recurso 10 Recursos corrientes 4.738.907.395 4.738.907.395
Subordinal 19 Resguardos del departamento del Casanare
Recursos 10 Recursos corrientes 32.360.460 32.360.460
Subordinal 20 Municipios del departamento del Cauca
Recurso 10 Recurso corrientes 11.482.630.436 11.482.630.436
Subordinal 21 Resguardos del departamento del Cauca
Recurso 10 Recursos corrientes 1.073.747.860 1.073.747.860
Subordinal 22 Municipios del departamento del Cesar
Recurso 10 Recursos corrientes 8.558.724.853 8.558.724.853
Subordinal 23 Resguardos del departamento del Cesar
Recurso 10 Recursos corrientes 116.577.872 116.577.872
Subordinal 24 Municipios del departamento de Chocó
Recurso 10 Recursos corrientes 5.599.783.306 5.599.783.306
Subordinal 25 Resguardos del departamento de Chocó
Recurso 10 Recursos corrientes 222.118.874 222.118.874
Subordinal 26 Municipios del departamento de Córdoba
Recurso 10 Recurso corrientes 12.460.774.904 12.460.774.904
Subordinal 27 Resguardos del departamento de Córdoba
Recurso 10 Recursos corrientes 171.145.764 171.145.764
Subordinal 28 Municipios del departamento de Cundinamarca
Recursos 10 Recursos corrientes 23.775.412.258 23.775.412.258
Subordinal 29 Resguardos del departamento de Cundinamarca
Recurso 10 Recursos corrientes 13.807.229 13.807.229
Subordinal 30 Municipios del departamento del Guainía
Recursos 10 Recursos corrientes 293.990.794 293.990.794
Subordinal 31 Resguardos del departamento del Guainía
Recurso 10 Recursos corrientes 94.637.822 94.637.822
Subordinal 32 Municipios del departamento de La Guajira
Recurso 10 Recursos corrientes 4.206.596.643 4.206.596.643
Subordinal 33 Resguardos del departamento de La Guajira
Recurso 10 Recursos corrientes 960.972.731 960.972.731
Subordinal 34 Municipios del departamento del Guaviare
Recurso 10 Recursos corrientes 1.241.577.217 1.241.577.217
Subordinal 35 Resguardos del departamento del Guaviare
Recurso 10 Recursos corrientes 21.048.782 21.048.782
Subordinal 36 Municipios del departamento del Huila
Recurso 10 Recursos corrientes 8.833.551.035 8.833.551.035
Subordinal 37 Resguardos del departamento del Huila
Recurso 10 Recursos corrientes 7.100.436 7.100.436
Subordinal 38 Municipios del departamento del Magdalena
Recurso 10 Recursos corrientes 8.856.500.224 8.856.500.224
Subordinal 39 Resguardos del departamento del Magdalena
Recurso 10 Recursos corrientes 34.224.696 34.224.696
Subordinal 40 Municipios del departamento del Meta
Recurso 10 Recursos corrientes 6.310.558.779 6.310.558.779
Subordinal 41 Resguardos del departamento del Meta
Recurso 10 Recursos corrientes 47.965.080 47.965.080
Subordinal 42 Municipios del departamento de Norte de Santander
Recurso 10 Recursos corrientes 10.685.584.948 10.685.584.948
Subordinal 43 Resguardos del departamento de Norte de Santander
Recurso 10 Recursos corrientes 23.158.117 23.158.117
Subordinal 44 Municipios del departamento de Nariño
Recurso 10 Recursos corrientes 15.539.675.711 15.539.675.711
Subordinal 45 Resguardos del departamento Nariño
Recurso 10 Recursos corrientes 477.407.777 477.407.777
Subordinal 46 Municipios del departamento del Putumayo
Recurso 10 Recursos corrientes 3.662.752.179 3.662.752.179
Subordinal 47 Resguardos del departamento del Putumayo
Recurso 10 Recursos corrientes 81.818.415 81.818.415
Subordinal 48 Municipios del departamento del Quindío
Recurso 10 Recursos corrientes 3.512.947.551 3.512.947.551
Subordinal 49 Municipios del departamento de Risaralda
Recurso 10 Recursos corrientes 5.484.089.083 5.484.089.083
Subordinal 50 Resguardos del departamento de Risaralda
Recurso 10 Recursos corrientes 53.892.013 53.892.013
Subordinal 51 Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta
Recurso 10 Recursos corrientes 1.719.648.137 1.719.648.137
Subordinal 52 Resguardos del Distrito Turístico Cultural e Histórico de Santa Marta
Recurso 10 Recursos corrientes 13.829.511 13.829.511
Subordinal 53 Santa Fe de Bogotá Distrito Capital
Recurso 10 Recursos corrientes 22.937.117.469 22.937.117.469
Subordinal 54 Municipios del departamento de Santander
Recurso 10 Recursos corrientes 17.386.312.412 17.386.312.412
Subordinal 55 Municipios del departamento de Sucre
Recurso 10 Recursos corrientes 7.930.160.735 7.930.160.735
Subordinal 56 Resguardo del departamento de Sucre
Recurso 10 Recursos corrientes 82.553.711 82.553.711
Subordinal 57 Municipios del departamento del Tolima
Recurso 10 Recursos corrientes 12.196.769.511 12.196.769.511
Subordinal 58 Resguardos del departamento del Tolima
Recurso 10 Recursos corrientes 70.930.089 70.930.089
Subordinal 59 Municipios del departamento del Valle del Cauca
Recurso 10 Recursos corrientes 21.688.691.978 21.688.691.978
Subordinal 60 Resguardos del departamento del Valle del Cauca
Recurso 10 Recursos corrientes 31.810.845 31.810.845
Subordinal 61 Municipios del departamento del Vaupés
Recurso 10 Recursos corrientes 453.939.030 453.939.030
Subordinal 62 Resguardos del departamento del Vaupés
Recurso 10 Recursos corrientes 130.652.481 130.652.481
Subordinal 63 Municipios del departamento del Vichada
Recurso 10 Recursos corrientes 919.326.406 919.326.406
Subordinal 64 Resguardos del departamento del Vichada
Recurso 10 Recursos corrientes 125.468.272 125.468.272
Total reducción 326.928.100.000 326.928.100.000

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 15 octubre de 1999

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

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