Por el cual se concede una franquicia telegráfica

Rango Decreto
Publicación 1916-12-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Concédese franquicia telegráfica a la Junta de Inundación de Cartago, para asuntos urgentes relacionados con el objeto que ha determinado su formación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno,

Miguel ABADIA MENDEZ.

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