Por el cual se dispone una publicación en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. En la Imprenta Nacional, y por cuenta del Ministerio de Minas y Petróleos, se hará la edición de cuatro mil (4.000) ejemplares del proyecto de Código de Minas, con su respectiva exposición de motivos, que presenta a la consideración del Gobierno la Comisión Revisora, creada por la Ley 13 de 1937.
Comuniquese y publiquese.
Dado en Bogotá a 28 de noviembre de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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