por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Departamento Administrativo Nacional de Estadística)

Rango Decreto
Publicación 1957-11-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA

CAPITUL0 580

Personal y Material.

201. Del artículo 5805. Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina, en el año $ 10.000.00
Suma el contracrédito $ 10.000.00
CAPITUL0 580
Personal y Material.
003. Al artículo 584 0. Para servicio telefónico local, alumbrado y fuerza eléctrica, acueducto, aseo y desinfección, materiales, traslados y demás gastos de sostenimiento y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores $ 10.000.00
Suma el crédito $ 10.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de agosto de 1956.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,

Jorge Sáenz Olarte.

(Publicado en el Diario Oficial número 29131 de fecha 12 de septiembre de 1956).

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