por el cual se acepta una renuncia y se hace un encargo
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 5° del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1° Acéptase la renuncia presentada por el doctor Santiago Gómez Parra, identificado con la cédula de ciudadanía número 3492753 expedida en Granada (Antioquia), para separarse del cargo de Secretario General Código 0035 Grado 10 del Ministerio de Justicia.
Artículo 2° Encárgase al doctor Santiago Danilo Alba Herrera, identificado con la cédula de ciudadanía número 19264737 Jefe de la Oficina de Planeación Código 2045 Grado 18, de las funciones de la Secretaría General Código 0035 Grado 10 del Ministerio de Justicia, mientras se nombra y posesiona el titular.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 31 de agosto de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Justicia,
Jaime Giraldo Angel.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.