Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 370.000.00

Rango Decreto
Publicación 1975-10-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el numeral 3° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos adicionales y efectuar traslados en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que por medio de la Resolución número 3916 de 1975 el Ministerio de Educación Nacional declaró sobrante, y, por lo tanto, disponible para ser contracreditada la cantidad de $ 370.000.00 en el Presupuesto de Gastos, con el objeto de utilizar dicha cantidad para financiar la apertura de unos créditos adicionales al mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de reserva y disponibilidad número 65 de 1975 por $ 370.000.00 para amparar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:

Presupuesto de Funcionamiento

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 255

Gabinete del Ministro

PROGRAMA 255

Dirección Superior

Subprograma 1. Gabinete del Ministro

Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias
205 311 412 Artículo 2565. Gastos de funcionamiento de planteles de educación media nacionalizados en zonas fronterizas $ 300.000.00

CAPITULO 264

División de Educación Especial.

PROGRAMA 266

Educación Especial

Gastos Generales Gastos Generales Gastos Generales Gastos Generales Gastos Generales Gastos Generales
106 317 211 Artículo 2878. Materiales y suministros 30.000.00
106 317 213 Artículo 2879. Impresos y publicaciones 40.000.00
Suman los contracréditos $ 370.000.00
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:

Presupuesto de Funcionamiento

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 264

División de Educación Especial.

PROGRAMA 266

Educación Especial.

Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias
411 310 506 Artículo 2884-A. Congreso Subregional sobre dificultades del aprendizaje 70.000.00

CAPITULO 265

Entidades Adscritas al Ministerio

PROGRAMA 267

Aportes al Sector Educativo

Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias Transferencias
204 319 414 Artículo 2885. Instituto Colombiano de Cultura 300.000.00
Ordinal 56. Manizales Festival de Teatro $ 300.000.00
Suman los créditos adicionales $ 370.000.00
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de septiembre de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.

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