Por el cual se dictan unas disposiciones relativas al personal y sueldos del ferrocarril Tolima - Huila - Caquetá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que es necesario y conveniente atender por separado, por una parte a la conservación del ferrocarril del Tolima y los trayectos del ferrocarril del Tolima-Huila-Caquetá, que se van dando al servicio público; y por otra, a la intervención del Gobierno en la erección de los puentes de Girardot y Saldaña,
DECRETA:
Artículo 1.° Nómbrase Ingeniero Jefe de Conservación del ferrocarril del Tolima, entre Flandes e Ibagué, y del trayecto del ferrocarril del Tolima-Huila-Caquetá, en servicio público, al señor Germán Villa, que tendrá como Ayudante al Ingeniero señor Milcíades Barriga R.
Artículo 2. º El doctor Temístocles Vargas, actual Ingeniero de Conservación del ferrocarril del Tolima e Interventor de los puentes de Girardot y Saldaña, quedará únicamente con las funciones de Interventor.
Artículo 3. º Las asignaciones serán las siguientes:
Ingeniero Jefe de Conservación, $ 400.
Ingeniero Ayudante de Conservación, $ 300.
Ingeniero Interventor de los puentes, $ 400.
Artículo 4.° Los fondos para la erección de los puentes, manejados actualmente por el Ferrocarril del Tolima, pasarán a ser manejados por el Ferrocarril de Girardot.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de octubre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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