Por el cual se suspenden las funciones de la Inspección General de Navegación

Rango Decreto
Publicación 1929-12-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

POR EL CUAL SE SUSPENDEN LAS FUNCIONES DE LA INSPECCION GENERAL DE NAVEGACION

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

TENIENDO EN CUENTA:

Que en las actuales circunstancias es necesario hacer toda clase de economías, prescindiendo especialmente de aquellos servicios que aunque útiles no son de absoluta y urgente necesidad,

DECRETA:

Artículo 1° Desde el 15 de diciembre en curso dejará de funcionar el personal de la Inspección General de Navegación del río Magdalena.

El archivo y elementos de esta entidad pasarán al cuidado de la oficina que indique el Ministerio de Obras Públicas.

Artículo 2° Los Inspectores Fluviales de La Dorada y Bertrán se encargarán del recibo y despacho de la carga oficial en los mencionados puestos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de diciembre de 1929

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Rafael ESCALLON

Digitó: CC 52.741.900

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