Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. La partida de tres mil pesos ($ 3.000) trasladada por Decretos números 1703 y 1866 de 1939 al artículo 400-A, capítulo 59, del Presupuesto vigente, para el sostenimiento del Colegio Simón Araujo, de Sincelejo se destina así:
| Gastos varios: | ||
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| Para biblioteca, material didáctico, muebles y enseres, peluquería, drogas, luz y agua, excursiones y deportes, reparaciones del edificio, transportes y gastos no previstos, en el corriente año | $ | 3.000.00 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Educación Nacional, Alfonso ARAUJO |
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