Por el cual se adiciona el número 1990 del presente año, y se crean Secretarias para las Inspecciones Auxiliares del Trabajo, de Tuluá y Cartago
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente facultado por el artículo de la Ley 12 de 1930 y de conformidad con el artículo 14 del Decreto número 2392 de 1938,
DECRETA:
Artículo primero. Créanse los cargos de Secretarios de las Inspecciones Auxiliares del Trabajo, de Tuluá y Cartago, a que se refiere el Decreto número 1990 del corriente año.
Artículo segundo. Asígnase a cada uno de dichos Secretarios un sueldo mensual de $ 100 00, que será pagado por el Tesoro Departamental del Valle del Caucai de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza. Número 107 de 22 de julio del presente año.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 21 de agosto de 1942.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
Arcesio LONDOÑO PALACIO
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